¿Cuándo y cómo publicar a un cliente en el Boletín Comercial?

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¿Cuándo y cómo publicar a un cliente en el Boletín Comercial?

Publicar a un cliente en el Boletín Comercial es una herramienta legal potente para proteger tu flujo de caja y prevenir pérdidas por morosidad. Sin embargo, no siempre se conoce cuándo se puede publicar, qué documentos se requieren, cuánto demora el proceso y qué implica legalmente, especialmente si se trata de personas naturales o jurídicas.

En este artículo te guiamos paso a paso para que sepas cuándo y cómo publicar una deuda en el Boletín Comercial, los requisitos, plazos, costos y diferencias legales clave.

¿Qué es el Boletín Comercial y qué publica?

El Boletín Comercial es una base de datos gestionada por la Cámara de Comercio de Santiago (CCS), que recopila y publica información sobre deudas impagas y protestos. Es utilizado por empresas financieras, retail y proveedores para evaluar el riesgo crediticio de personas y empresas.

Se pueden publicar:

  • Protestos de cheques y letras
  • Deudas con pagarés vencidos
  • Cuotas impagas de créditos
  • Arrendamientos morosos con sentencia
  • Otras obligaciones documentadas con respaldo legal

Tipos de deudas susceptibles de publicación

Pagarés y letras de cambio

Son títulos ejecutivos. Basta con que estén vencidos, impagos y con respaldo (original escaneado o copia autorizada notarial). No se requiere sentencia previa.

Cheques protestados

Pueden ser publicados si fueron protestados por falta de fondos o por orden de no pago. Es necesario contar con el certificado de protesto emitido por el banco.

Cuotas morosas (créditos, hipotecarios)

Aplica a cuotas impagas de préstamos o ventas a crédito. Se debe adjuntar el contrato o acuerdo que respalde el compromiso de pago y el estado de morosidad.

Arriendos impagos

En este caso, se requiere una demanda judicial y sentencia ejecutoriada. No basta con la mora: debe existir una resolución judicial que respalde la deuda para ser publicada.

Requisitos y documentación según categoría

Consentimiento de persona natural vs jurídica

  • Persona natural: requiere consentimiento expreso (por contrato o cláusula de publicación).
  • Persona jurídica: no se requiere consentimiento, basta con respaldo documentado.

Formularios y respaldo legal

La CCS exige que se completen formularios específicos según el tipo de deuda. Puedes descargarlos directamente desde su sitio oficial:

Además, debes adjuntar:

  • Copia del RUT del acreedor
  • Documento que respalde la deuda
  • En caso de cesión, documento que acredite dicha cesión

Procedimiento paso a paso

Demanda judicial para arriendo impago

Si el arrendatario es moroso, deberás presentar una demanda civil. Una vez que se obtenga la sentencia ejecutoriada, podrás usarla como respaldo para publicar la deuda.

Envío de formulario y documentos al CCS

  1. Completa el formulario correspondiente.
  2. Adjunta los documentos escaneados (pagaré, cheque protestado, sentencia, contrato, etc.).
  3. Envíalos al correo electrónico publicado en la web de CCS o súbelos a través de su plataforma.
  4. Realiza el pago (ver sección costos).

Plazos y fechas clave

Plazo de recepción y publicación semanal (martes)

Los antecedentes deben ser enviados hasta el jueves anterior a la publicación. El Boletín se actualiza cada martes hábil, por lo tanto:

  • Documentos recibidos hasta el jueves → publicación el martes siguiente.

Tiempo de respuesta (72 h hábiles tras recepción)

Una vez recibida la documentación completa, la CCS tiene un plazo estimado de 72 horas hábiles para revisar, validar y publicar.

Costos y modalidades de pago

Pago por evento vs suscripción

  • Pago por evento: valor único por cada publicación. Aproximadamente $3.000 a $6.000 por deuda publicada.
  • Suscripción: modalidad para empresas que gestionan múltiples morosos. Permite acceso a una plataforma con funciones adicionales y mejores tarifas.

Los valores pueden cambiar, por lo que se recomienda revisar la tabla de precios actualizada en www.boletincomercial.cl.

Aclaraciones y eliminación

Documentos originales o certificados de pago

Para eliminar una deuda del Boletín, el deudor o el acreedor deben presentar alguno de los siguientes:

  • Comprobante de pago
  • Certificado de finiquito
  • Acuerdo firmado de pago total
  • Resolución judicial que acredite el cumplimiento

Plazos para publicar aclaraciones

Las aclaraciones se publican dentro del mismo boletín, habitualmente en un plazo de 72 horas hábiles desde la recepción de los antecedentes.

Conclusión

Publicar en el Boletín Comercial no es una medida inmediata ni automática, pero es una acción legal válida y eficaz si se realiza correctamente. Es clave tener la documentación adecuada, cumplir los plazos y comprender las diferencias entre personas naturales y jurídicas.

Si estás en una empresa y requieres publicar en el boletín comercial de forma masiva o con recurrencia, te recomendamos preguntar en CobranzaOnline.