¿Cuánto esperar a que me paguen una Factura? ¿Cuándo Publico a mi Deudor?
Cuando una factura vence, es fácil caer en la trampa del “seguro paga esta semana”. El problema es que la mora no se queda quieta: mientras pasan los días, el pago deja de ser prioridad para el cliente, aparecen más excusas y tu caja empieza a resentirse. La buena noticia es que, con un proceso simple y consistente, puedes recuperar más y antes, sin pelear ni “cortar relaciones” por impulso.
En esta guía vas a encontrar un criterio claro para decidir cuánto esperar, cuándo iniciar la cobranza y, especialmente, Cuándo Publico a mi Deudor de forma ordenada y profesional.
Por qué esperar demasiado empeora la probabilidad de pago
La mora tiene una dinámica bastante predecible: a medida que la deuda envejece, se vuelve más difícil de cobrar. En la práctica, muchas empresas usan un semáforo por tramo:
- Más de 30 días: riesgo medio (todavía hay espacio para gestión directa).
- Más de 60 días: riesgo alto (el deudor suele priorizar otras cuentas).
- Más de 90 días: riesgo crítico (la recuperación se vuelve más incierta).
Esto no es para asustar: es para decidir con datos y evitar que “un atraso” se convierta en “una pérdida”.
Cuánto esperar: un cronograma de cobranza que sí funciona
A continuación tienes una línea de tiempo práctica. Ajusta el ritmo según el monto, el tipo de cliente y tu política interna, pero evita saltarte etapas.
Días 1 a 3: recordatorio breve y verificación
Objetivo: resolver rápido con fricción mínima.
- Reenvía la factura con asunto claro: “Factura N° ___ vencida el ___”.
- Confirma recepción: “¿La recibieron y quedó ingresada para pago?”
- Valida datos: cuenta, RUT, OC, persona responsable.
- Pide una fecha concreta: “¿Me confirmas pago el jueves o viernes?”
Tip: Muchas moras nacen de algo simple (no llegó la factura, faltaba OC, cambió el encargado). Este paso evita escalar por error.
Días 4 a 10: seguimiento firme, sin dramatizar
Objetivo: sostener la prioridad sin desgastarte.
- Llamada corta + mensaje de respaldo.
- Si prometen pago, pide evidencia: “Perfecto, ¿me compartes el comprobante apenas se ejecute?”
- Si hay “problema de caja”, ofrece alternativas realistas (por ejemplo: pago parcial + fecha para el saldo).
Días 11 a 30: aviso formal de escalamiento
Objetivo: cambiar el encuadre: ya no es “recuerdo”, es proceso.
- Envía un correo formal con tono respetuoso.
- Indica que, si no hay regularización o plan de pago, iniciarás cobranza formal.
Ejemplo de cierre efectivo:
“Para evitar mayores gestiones, necesito confirmación de pago o un plan con fechas. Si no tengo respuesta antes del /, por protocolo debo iniciar el proceso de cobranza formal.”
Días 31 a 60: cobranza formal y decisión de publicación
Objetivo: evitar que la deuda envejezca.
En este tramo, suele repetirse el patrón de promesas incumplidas. Si ya pasaste el mes y el cliente no pagó (o no respetó un compromiso), formaliza:
- Registra toda comunicación (correos, compromisos, comprobantes).
- Estandariza los avisos (para que no dependa del estado de ánimo del día).
- Evalúa medidas de presión formales.
Aquí aparece la gran pregunta: Cuándo Publico a mi Deudor.
Días 61 a 90: última ventana antes de “zona crítica”
Objetivo: maximizar recuperación antes de que el cobro se complique.
Si no hay respuesta o el deudor está eludiendo, la decisión no debiera postergarse. En este punto, lo más caro es seguir esperando.
Señales claras de que ya no conviene esperar
Usa estas señales como gatillo para pasar a una gestión más formal:
- Te dan fechas que cambian todas las semanas.
- Dejan de responder (correo, teléfono o WhatsApp).
- “Estamos revisando” se repite sin una acción concreta.
- Piden nuevos documentos que ya entregaste.
- Aceptan la deuda, pero no presentan plan de pago.
Si ves dos o más señales, lo recomendable es subir un nivel en tu proceso.
Cuándo Publico a mi Deudor: regla práctica (sin improvisar)
Primero, aclaremos un punto importante: publicar no es exponer en redes sociales ni “funar”. En términos de cobranza, publicar es informar la morosidad en sistemas comerciales/burós y registros asociados, cuando corresponde.
Regla práctica de decisión
- Publicación temprana (desde pocos días post vencimiento): si el cliente no responde, hay señales de mala fe o el historial es negativo.
- Publicación estándar (15 a 45 días de mora): si hubo seguimiento y el deudor no cumplió compromisos.
- Publicación tardía (más de 60 días): solo si optaste por agotar instancias comerciales, pero asumiendo que la deuda ya está envejeciendo.
La clave es que Cuándo Publico a mi Deudor no depende de “cómo me siento”, sino de:
- si el documento es publicable, y
- si el deudor está respondiendo con hechos (pago o plan cumplido).
Checklist: requisitos para publicar una factura morosa
Antes de publicar, revisa este listado. Te ayuda a evitar rechazos, reclamos o gestiones innecesarias.
- Es una factura emitida a crédito.
- Está vencida (con fecha de vencimiento definida).
- No está anulada por nota de crédito.
- No está reclamada en los sistemas tributarios correspondientes.
- El deudor es persona jurídica (empresa), no persona natural.
- El monto cumple con el mínimo requerido (por ejemplo, desde $10.000 CLP como referencia frecuente).
- No han pasado más de 5 años desde la emisión.
- Los datos están correctos (RUT emisor/receptor, folio, fecha, monto).
- La factura no fue cedida si eso impide su gestión directa.
Si algo de lo anterior no se cumple, conviene resolverlo antes de decidir Cuándo Publico a mi Deudor.
¿Qué pasa después de publicar?
En términos operativos, lo habitual es que:
- El deudor reciba una notificación (alerta) informando la situación.
- La morosidad quede reflejada en registros comerciales según corresponda.
Cuando se paga o se regulariza, también existe un flujo de “baja” o actualización, para dejar el estado al día.
Ejemplos para decidir más rápido
Ejemplo 1: cliente “desordenado”, pero bien intencionado
- Factura: $180.000
- Mora: 7 días
- Respuesta: “No ingresó contabilidad, lo vemos hoy”.
Acción recomendada: seguimiento + fecha concreta. Aún no es momento de publicar. Enfócate en destrabar el proceso.
Ejemplo 2: promesas que no se cumplen
- Factura: $950.000
- Mora: 22 días
- Respuesta: “Pago el viernes” (y no paga). Repite lo mismo 2 veces.
Acción recomendada: aviso formal + cobranza formal. Si el documento es publicable, este es un buen tramo para decidir Cuándo Publico a mi Deudor (porque ya hubo compromiso incumplido).
Ejemplo 3: silencio total
- Factura: $2.400.000
- Mora: 12 días
- Respuesta: ninguna (no contestan).
Acción recomendada: escalamiento rápido. Si no hay respuesta tras el aviso formal, considera publicación antes de que llegue a 30–45 días. El silencio es una señal fuerte.
Plantillas listas para usar (WhatsApp y correo)
1) Recordatorio amable (día 1–3)
“Hola, ¿cómo estás? Te escribo por la factura N° ___, vencida el /. ¿La recibieron y quedó ingresada para pago? Te la reenvío por acá y quedo atento/a a confirmación de fecha.”
2) Seguimiento firme (día 4–10)
“Hola. Quedo atento/a al pago de la factura N° ___. ¿Me confirmas si se paga hoy o mañana? Si puedes, envíame el comprobante apenas se ejecute para cerrar el caso.”
3) Aviso formal de escalamiento (día 11–30)
“Asunto: Regularización factura vencida N° ___
Hola, ____. Junto con saludar, la factura N° ___ venció el /. Para evitar mayores gestiones, necesito confirmación de pago o un plan con fechas a más tardar el /.
Si no tengo respuesta, por protocolo iniciaremos el proceso de cobranza formal, lo que puede incluir reportes comerciales según corresponda.
Saludos,
____”
(Este último mensaje ayuda a introducir, de forma profesional, el tema de cuándo Publico al Deudor sin sonar agresivo.)
Preguntas frecuentes
¿Puedo publicar a una persona natural?
En muchos esquemas de reporte comercial, la publicación se orienta a personas jurídicas cuando se trata de facturas comerciales. Si tu caso es con persona natural, conviene revisar el tipo de documento, el marco contractual y el canal de cobranza más adecuado.
¿Qué hago si la factura está reclamada o hubo un conflicto?
Detén la escalada y prioriza resolver el fondo: entrega respaldo, actas de aceptación, evidencias de entrega/servicio, etc. Publicar sin claridad en el origen del conflicto puede empeorar el caso.
¿Y si ofrece pagar en cuotas?
Acepta solo con condiciones: calendario escrito, monto inicial y consecuencias ante incumplimiento. Si no cumplen la primera cuota, vuelve a evaluar cuándo Publicarlo.
Conclusión
No existe una única respuesta para todos los rubros, pero sí una regla general: no dejes que la mora se alargue por inercia. Trabaja con un cronograma, formaliza antes de que la deuda envejezca y toma decisiones basadas en señales (respuesta real vs. excusas).
Y si te estás preguntando Cuándo Publicar, recuerda esta idea: publica cuando el documento sea publicable y cuando el deudor no esté respondiendo con hechos. Así proteges tu caja, mantienes profesionalismo y aumentas la probabilidad de recuperar lo que te corresponde.






