Cobro Judicial: ¿Cómo se cobra una factura judicialmente?
¿Tu empresa realizó una venta a crédito y el cliente no pagó la factura? Es una situación más frecuente de lo que imaginas. Debes estar preparado para solucionar esta contingencia y saber cómo actuar cuando un cliente no cumple su obligación de pagar. Para conminar al cliente moroso a honrar su compromiso puedes realizar acciones de cobranza extrajudicial y/o judicial. Es común pensar que ante una deuda hay que escoger cual ejecutar, pero en la realidad estas son complementarias. Ante un impago, el primer paso es la cobranza extrajudicial, si no se logró recuperar por esta vía, entonces se debe analizar la opción de continuar con una cobranza judicial, conociendo los costos que tiene asociado y el tiempo que toma. CobranzaOnline.com, te ofrece la información que necesitas saber sobre cobro judicial y extrajudicial.
Una decisión bien pensada
Para elegir la alternativa más conveniente para tu negocio al momento de cobrar una factura impaga, debes considerar factores como las razones por las que el cliente no ha pagado, el monto de la deuda y la antigüedad de la factura.
Independientemente del monto de la deuda, siempre se debe comenzar con la cobranza extrajudicial. Esta etapa debe incluir notificaciones al cliente moroso, publicación de la deuda en el sistema financiero y burós de crédito. Se puede realizar de forma interna, o con una empresa externa. CobranzaOnline, presta este servicio de forma gratuita, con cobro de comisión solo en caso de recuperar el dinero, haciéndola accesible a todas las empresas.
Si el monto de la deuda es muy alto y las acciones de cobranza prejudicial no dieron resultado, se debe analizar la alternativa judicial. Esta alternativa, a diferencia de la extrajudicial, tiene costos fijos asociados que se deben pagar de forma adelantada.
Lo que debes saber sobre el cobro judicial de una factura
En una cobranza judicial, el procedimiento a aplicar dependerá del título que respalda la deuda. Cuando se trata de una factura, se deben realizar dos procesos, se comienza con un procedimiento denominado Gestión Preparatoria de la Vía Ejecutiva de Cobro de Factura y requiere la redacción, por un abogado, del escrito de demanda. Se debe contar con la factura original y notificar el cobro ejecutivo de la misma. Cuando sea notificada al demandado, se pasa al Juicio Ejecutivo de Cobro de Factura, propiamente, que te dará la facultad de embargar bienes de su propiedad.
Se debe destacar que el plazo de prescripción de la acción ejecutiva para el cobro de una factura, es de un año, desde que se hizo exigible, es decir, desde que se debió pagar.
- Si el pago de la Factura era en cuotas: Cada cuota prescribe al año desde que fue exigible, por lo que, por ejemplo, si el pago era en 3 cuotas, quizás la primera pueda estar prescrita, pero las otras 2, no.
- Si la Factura se pagaba «a la vista»: Se entiende exigible pasados los 8 días de plazo para objetarla.
En resumen, se cuenta con un año para realizar la demanda, y debes tener presente que los lapsos del juicio no excedan el tiempo de prescripción, pero, en todo caso, cualquiera sea el juicio a realizar, contempla múltiples gastos como contratación de abogados, pago de notificaciones, prueba testimonial, documentos,etc, que pueden llegar a superar el monto de la deuda que se quiere cobrar. Ante esta realidad, todas las acciones posibles de cobranza extrajudicial de una deuda deben ser realizadas con el fin de evitar un juicio. Además, vía extrajudicial es posible cobrar facturas de hasta 5 años desde su fecha de emisión.
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El cobro judicial de una factura es un proceso oneroso, cuyos costos pueden exceder el monto de la deuda que se quiere cobrar. CobranzaOnline.com, te ofrece el servicio de cobranza extrajudicial con acceso gratuito, donde solo pagas si recuperas el dinero. En caso de no recuperar, te asesoramos en la cobranza judicial, donde un abogado experto puede tomar tu caso. ¡Contáctanos hoy y recibe una asesoría gratuita!